Cómo darse de alta como autónomo con los modelos 036 y 037 en 2024

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imagen destacada del post con un texto en el centro que dice Cómo darse de alta como autónomo con los modelos 036 y 037 en 2024 y abajo del texto aparece el nombre del autor Omar Obando
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Emprender como autónomo en España requiere cumplir con obligaciones fiscales desde el primer día. Entre los trámites clave está el alta en Hacienda mediante los modelos 036 o 037, documentos que generan dudas incluso a emprendedores experimentados. Este artículo detalla el proceso paso a paso, con consejos prácticos para evitar errores comunes y optimizar tu declaración censal.

¿Qué son los modelos 036 y 037 y cuándo usarlos?

La declaración censal es un requisito legal para identificar tu actividad ante la Agencia Tributaria. Los modelos 036 (general) y 037 (simplificado) cumplen esta función, pero presentan diferencias clave:

Modelo 036Modelo 037
Para altas con complejidad (varias actividades, socios, etc.)Para altas simples de autónomos individuales
Permite modificar datos censales existentesSolo para altas iniciales sin historial previo
Obligatorio si necesitas IVA intracomunitarioNo válido para operaciones intracomunitarias

Ventajas del modelo 037 para nuevos autónomos

  • Simplificación: Solo 3 páginas frente a las 8 del 036
  • Guía interactiva: La AEAT oculta campos no relevantes
  • Menos errores: Reduce un 40% las rectificaciones según datos de 2024

Preparativos antes de rellenar el modelo

Reúne esta documentación esencial:

  1. DNI/NIE vigente
  2. Referencia catastral (si tienes local)
  3. Códigos CNAE de tu actividad
  4. Certificado digital o Cl@ve PIN
  5. Datos bancarios para domiciliar pagos

¿Cómo encontrar tu epígrafe del IAE?

El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) clasifica actividades en tres secciones:

  • Epígrafe 1: Actividades empresariales (comercio, hostelería)
  • Epígrafe 2: Profesionales liberales (diseñadores, abogados)
  • Epígrafe 3: Actividades artísticas y deportivas

Guía paso a paso para rellenar el modelo 037

Acceso al sistema

  1. Entra en Sede AEAT
  2. Selecciona "Presentación/Consultas"
  3. Busca "Modelo 036/037" en declaraciones
  4. Elige "Cumplimentación telemática"

Página 1: Datos personales y domicilio

Campos críticos:

  • Alta en el censo: Marca esta casilla inicial
  • Referencia catastral: Obligatoria si declaras local comercial
  • Firma electrónica: Selecciona "Interesado" como calidad

Página 2: Régimen fiscal

Aquí defines tu tratamiento tributario:

  • Estimación directa: Para facturación >150.000€ anuales
  • Estimación objetiva (módulos): Para actividades predefinidas
  • IVA: General (21%) o reducido (10%) según actividad

Errores frecuentes y cómo evitarlos

  • Fecha de efectos: No coincide con la fecha de presentación
  • Epígrafes incorrectos: Usa el buscador de CNAE de la AEAT
  • Domicilio fiscal: Mal geolocalizado para inspecciones

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Cómo solicitar el modelo 036 y 037?

Puedes descargar los formularios PDF desde la web de la AEAT, pero la presentación telemática es obligatoria salvo excepciones. Para consultar modelos anteriores presentados, accede con certificado digital al servicio "Consulta de declaraciones".

¿Qué modelo se utiliza para darse de alta como autónomo?

El modelo 037 es suficiente para el 90% de altas iniciales sin trabajadores. Usa el 036 si necesitas: operar en la UE, registrar sociedades, o declarar varias actividades simultáneas. Profesionales sanitarios y educativos suelen requerir el 036 por sus particularidades IVA.

¿Dónde se presenta la declaración censal?

Exclusivamente en la Sede Electrónica de la AEAT. Las oficinas físicas ya no admiten presentaciones presenciales desde 2023, salvo para contribuyentes sin recursos digitales (previa cita).

¿Puedo cambiar de modelo después del alta?

Sí, mediante el modelo 036 de modificación censal. Por ejemplo, si empezaste con el 037 y luego necesitas operar intracomunitariamente, deberás rectificar con un 036. Este trámite tiene un coste de 20€ en tasas administrativas.

¿Qué pasa si me equivoco en el epígrafe?

Puedes rectificar sin multa dentro de los 30 días naturales. Pasado este plazo, la AEAT puede imponer sanciones del 1% de la cuota del IAE correspondiente. Verifica siempre con el buscador oficial de actividades.

Consejos finales para nuevos autónomos

  • Guarda el justificante: El PDF de presentación es tu prueba legal
  • Verifica tu censo: A los 3 días en "Consulta de datos censales"
  • Actualiza cambios: Tienes 10 días para comunicar modificaciones

Para profundizar en estrategias fiscales para autónomos, explora nuestras guías sobre deducciones fiscales y planificación financiera.

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