Si eres autónomo o gestionas una pyme, julio no es solo sinónimo de vacaciones. Es el mes donde se definen las obligaciones fiscales del segundo trimestre, un período crítico que marca la salud financiera de tu empresa. En 2025, las fechas clave se mantienen sin prórrogas especiales, por lo que conocer cada detalle evita multas y mejora tu flujo de caja.
Este artículo te guiará paso a paso por los modelos a presentar, plazos impostergables y estrategias para optimizar tus declaraciones. Desde el IVA hasta el Impuesto de Sociedades, desglosamos cada concepto con ejemplos prácticos y errores frecuentes que debes evitar.
El segundo trimestre abarca abril, mayo y junio, pero es en julio cuando debes rendir cuentas. Aquí, dos fechas son vitales:
La domiciliación automatiza el pago y evita trámites adicionales. Si declaras después, necesitarás un NRC (Número de Referencia Completo), código que retiene el importe en tu cuenta hasta el cargo definitivo el día 20.
El impuesto sobre el valor añadido es el más recurrente. Su liquidación compara el IVA soportado (gastos) y repercutido (ventas):
Escenario | Resultado | Acción |
---|---|---|
IVA repercutido > IVA soportado | Saldo a pagar | Ingreso a Hacienda |
IVA soportado > IVA repercutido | Saldo a favor | Compensa en próximos trimestres |
Estos modelos gestionan las retenciones aplicadas a terceros:
Incluye:
Error común: Olvidar darlo de baja en el modelo 036 si ya no tienes trabajadores.
Afecta a:
La retención standard es del 19% sobre el importe del alquiler.
Varían según tu régimen:
Calculas el 20% de tus beneficios (ingresos - gastos) como pago fraccionado. Ejemplo:
Si en el trimestre facturaste €30,000 y tuviste €20,000 en gastos, pagarás el 20% de €10,000 (€2,000).
Usa indicadores fijos (metros cuadrados, empleados) para determinar la cuota. No requiere cálculo de beneficios reales.
Las sociedades tienen hasta el 25 de julio para presentar este impuesto, que grava sus beneficios anuales. En 2025, los tipos aplicables son:
Además, se liquidan los pagos a cuenta realizados durante el año.
Estas son las equivocaciones más costosas según gestores consultados:
Hasta el 20 de enero deben entregarse el modelo 111 (retenciones IRPF), el 115 (alquileres) y el 123 (rendimientos de capital mobiliario).
Declaraciones de IVA (modelo 303) e IRPF (130 o 131), según su régimen. Los trimestres cierran en enero, abril, julio y octubre.
Hasta el 30/01/2025 para el cuarto trimestre de 2024. Incluye también los modelos 130 y 131 para el IRPF.
Solo si alquilas un local a un particular o empresa no especializada en alquileres. No aplica para viviendas personales.
Multas del 1% mensual sobre lo adeudado, con mínimo de €200. En casos graves, sanciones hasta el 20% del importe.
¿Prefieres una explicación visual? Este video detalla paso a paso cómo cumplir con tus obligaciones fiscales sin errores:
Gestionar bien tus impuestos no es solo evitar sanciones. Es optimizar recursos y planificar crecimientos. Usa este trimestre para:
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