Emprender como autónomo en España requiere cumplir con obligaciones fiscales desde el primer día. Entre los trámites clave está el alta en Hacienda mediante los modelos 036 o 037, documentos que generan dudas incluso a emprendedores experimentados. Este artículo detalla el proceso paso a paso, con consejos prácticos para evitar errores comunes y optimizar tu declaración censal.
La declaración censal es un requisito legal para identificar tu actividad ante la Agencia Tributaria. Los modelos 036 (general) y 037 (simplificado) cumplen esta función, pero presentan diferencias clave:
Modelo 036 | Modelo 037 |
Para altas con complejidad (varias actividades, socios, etc.) | Para altas simples de autónomos individuales |
Permite modificar datos censales existentes | Solo para altas iniciales sin historial previo |
Obligatorio si necesitas IVA intracomunitario | No válido para operaciones intracomunitarias |
Reúne esta documentación esencial:
El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) clasifica actividades en tres secciones:
Campos críticos:
Aquí defines tu tratamiento tributario:
Puedes descargar los formularios PDF desde la web de la AEAT, pero la presentación telemática es obligatoria salvo excepciones. Para consultar modelos anteriores presentados, accede con certificado digital al servicio "Consulta de declaraciones".
El modelo 037 es suficiente para el 90% de altas iniciales sin trabajadores. Usa el 036 si necesitas: operar en la UE, registrar sociedades, o declarar varias actividades simultáneas. Profesionales sanitarios y educativos suelen requerir el 036 por sus particularidades IVA.
Exclusivamente en la Sede Electrónica de la AEAT. Las oficinas físicas ya no admiten presentaciones presenciales desde 2023, salvo para contribuyentes sin recursos digitales (previa cita).
Sí, mediante el modelo 036 de modificación censal. Por ejemplo, si empezaste con el 037 y luego necesitas operar intracomunitariamente, deberás rectificar con un 036. Este trámite tiene un coste de 20€ en tasas administrativas.
Puedes rectificar sin multa dentro de los 30 días naturales. Pasado este plazo, la AEAT puede imponer sanciones del 1% de la cuota del IAE correspondiente. Verifica siempre con el buscador oficial de actividades.
Para profundizar en estrategias fiscales para autónomos, explora nuestras guías sobre deducciones fiscales y planificación financiera.